Autor: Fabián Raimondo
Luego del fallecimiento del presidente de Guinea Lansana Conté en diciembre de 2008, el capitán Moussa Damis Camara se convirtió por la fuerza de las armas en el nuevo presidente. Camara prometió llamar a elecciones generales y alejarse del gobierno luego de estas. Sin embargo, poco después efectuó declaraciones públicas insinuado que podría presentarse como candidato a presidente, lo que causó numerosas protestas por parte de la sociedad civil. Así, la masiva manifestación pública congregada en el Estadio Nacional de Conakri el 28 de septiembre de 2009 en ocasión del día de la independencia fue violentamente reprimida por el gobierno, dando lugar a lo que hoy se conoce como “la masacre del 28 de septiembre”.
La ONU estableció inmediatamente una comisión de investigación a fin de constatar las violaciones graves de derechos humanos perpetradas durante la masacre y de identificar a las personas responsables de tales violaciones. En su informe final de diciembre de 2009, la Comisión identificó 156 personas asesinadas o desaparecidas, 109 mujeres víctimas de violación o de otros crímenes sexuales, centenares de casos de tortura, decenas de detenciones arbitrarias en unidades militares o policiales, y apropiación indebida de bienes de los manifestantes y otros actos de pillaje. La Comisión constató también que, durante el día de la masacre y los días posteriores, el gobierno se abocó a destruir pruebas de los hechos, por medio de una limpieza del Estadio Nacional, del ocultamiento de restos mortales y de la alteración documentos médicos. La Comisión concluyó que Guinea violó múltiples disposiciones de tratados de derechos humanos y que los hechos constatados podrían calificarse como crímenes contra la humanidad, e individualizó a ciertas personas como posibles responsables de estos crímenes. Además, recomendó, entre otras medidas, que el gobierno provea informaciones útiles con respecto a las personas desaparecidas, que refiera la investigación de los hechos a la Corte Penal Internacional (CPI) y que conceda una reparación adecuada a las víctimas.
El Estatuto de la CPI entró en vigor para Guinea el 1 de octubre de 2003; ergo, la CPI tiene competencia sobre genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra cometidos en el territorio o por ciudadanos de aquel país a partir de es fecha. Sobre esta base, el 14 de octubre de 2009 la Fiscalía de la CPI inició una investigación preliminar acerca de los eventos del 28 de septiembre. La Fiscalía determinó que existían razones suficientes para creer que ciertos crímenes contra la humanidad fueron cometidos en aquella ocasión y, desde comienzos de 2010, se ha concentrado en evaluar si Guinea está dispuesta a llevar adelante la investigación penal y el enjuiciamiento de los responsables o si realmente no puede hacerlo.
La investigación penal llevada a cabo por Guinea concluyó en diciembre de 2017 y, como resultado de aquella, se resolvió que 13 de los 15 imputados serían llevados a juicio. Sin embargo, 40 meses después, el juicio aun no ha comenzado.
En tal contexto, resulta difícil creer que Guinea está realmente dispuesta a enjuiciar a las personas presuntamente responsables por los crímenes cometidos el 28 de septiembre y los días posteriores. Mientras tanto, las víctimas de aquellos crímenes siguen esperando que el enjuiciamiento comience y se lleve a cabo y que los daños causados a ellas se reparen adecuadamente.
Así las cosas, Maastricht Blog on Transitional Justice se pregunta si, a ya casi 12 años del inicio de la investigación preliminar por la Fiscalía de la CPI, no ya llegado el momento oportuno para que esta dé el importante paso de solicitar autorización para el inicio de una investigación formal sobre la situación en Guinea. Es que, tal como se afirma en el célebre adagio atribuido a Séneca, “nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía.”