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Fiscal de la CPI concluye examen preliminar sobre Bolivia

El 14 de febrero de 2021 el Fiscal de la CPI anunció la terminación del examen preliminar sobre Bolivia. Según el Fiscal, los requisitos establecidos en el Estatuto de la CPI para la apertura de una investigación no habían sido cumplidos.

El 14 de febrero de 2021 el Fiscal de la CPI anunció la terminación del examen preliminar sobre Bolivia. Según el Fiscal, los requisitos establecidos en el Estatuto de la CPI para la apertura de una investigación no habían sido cumplidos.

La situación en Bolivia fue remitida por el gobierno boliviano el 4 de septiembre de 2020. En el escrito de remisión, el gobierno afirmó que durante los bloqueos de carreteras que afectó gran parte del territorio nacional en agosto de aquel año, personas que participaban en los bloqueos impidieron deliberadamente el acceso de la población a suministros y servicios médicos. Según el gobierno, unas 40 personas infectadas de Covid-19 que necesitaban oxígeno de uso terapéutico y atención médica fallecieron, y muchas otras sufrieron daños físicos o mentales graves, como consecuencia de los bloqueos. El gobierno alegó que tal conducta constituye los crímenes de humanidad de asesinato y actos inhumanos previstos en el Artículo 7 incisos (1)(a) y (1)(k) del Estatuto, y que los organizadores de los bloqueos y las personas que participaron en ellos, a través de sus actos, atacaron deliberadamente a la población civil con el propósito de causar muertes, intimidación y sufrimiento, a fin de alcanzar sus objetivos políticos.

Bloqueo de carretera en El Alto, Bolivia, en protesta por el aplazamiento de las elecciones generales. Fuente: NY Times

Sin embargo, el Fiscal afirmó que, sobre la base de la información reunida, no existe fundamento suficiente para creer que los actos referidos constituyan asesinatos o actos inhumanos en el sentido del Artículo 7(1) del Estatuto, ni ataques contra la población civil como lo requiere tal artículo. En consecuencia, concluyó que no existe fundamento suficiente para proceder a una investigación y dio por concluido el examen preliminar.

La decisión del Fiscal me parece inobjetable.

Lo que sí considero objetable es que un Estado Parte del Estatuto de Roma remita una situación a la Fiscalía de la CPI sobre argumentos fácticos y jurídicos endebles (ver los argumentos en el informe final del Fiscal); tan endebles, que maculan el prestigio de la Procuraduría General del Estado boliviano – autor del escrito de remisión – y generan dudas acerca del real compromiso de Bolivia para con la CPI. Ello es así porque todo examen preliminar conlleva un uso de los recursos humanos y financieros finitos de la Fiscalía de la CPI, y soy de la opinión que los Estados Partes tienen la responsabilidad política de no causar malgastos de tales recursos. Una denuncia frívola como la remisión efectuada por Bolivia no puede concluir con otro resultado que la desestimación de la misma.

Jeanine Añez. Fuente: NorteOnline

En realidad, la remisión de la situación en Bolivia tuvo toda la apariencia de haber sido una táctica empleada por el entonces gobierno provisional de Jeanine Añes en su lucha política contra el ex presidente Evo Morales. Recordemos que, al momento de la remisión, la realización de la elección presidencial era inminente (se llevaría a cabo un mes más tarde, es decir, en octubre de 2020). Por medio de esta táctica, por cierto burda, los opositores de Evo Morales probablemente esperaban que una mayoría de la ciudadanía boliviana creyera que Evo Morales estaba detrás del presunto ataque contra la población civil.

Evo Morales. Fuente: elperiodico.com

En tanto que persona que cree en la justicia penal internacional – aun con sus defectos y limitaciones – entiendo que los Estados Partes del Estatuto de la CPI no deberían abusar de su derecho a remitir situaciones para una eventual investigación, a fin de no comprometer innecesariamente los recursos limitados de esta institución. Un ejercicio responsable de tal derecho debería perseguir que los recursos humanos y materiales de la CPI se empleen en la investigación de situaciones en las cuales sí se han cometido crímenes de la competencia de la CPI. De este modo, habría mejores chances de paliar en alguna medida el problema de la impunidad por tales crímenes y de satisfacer – ni más sea parcialmente – la sed de justicia de las víctimas.

Fabián Raimondo, Editor Ejecutivo de Maastricht Blog on Transitional Justice

By Fabián Raimondo

Dr Fabián Raimondo is Associate Professor of Public International Law at Maastricht University and a member of the List of Counsel before the International Criminal Court. Fabián holds a law degree (abogado) and a master degree in international relations from National University of La Plata (Argentina) and a PhD from the University of Amsterdam.