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Non-repetition / institutional reform Peru

¿Qué tiene que ver la justicia transicional con la condena al ex Fiscal de la Nación en Perú?

Foto de Diario Correo. Izq. Ex fiscal Pedro Chávarry. Der. Ex fiscal Blanca Nélida Colán

Autora: Andrea Trigoso

En la historia del Perú dos ex Fiscales de la Nación han sido condenados por corrupción. La primera fue Blanca Nélida Colán, quien sirviera al régimen dictatorial de Alberto Fujimori, que fue procesada en 2001 luego de la caída de régimen y condenada a 10 años de prisión por los delitos de encubrimiento personal, omisión de denuncia, y enriquecimiento ilícito.

Como si no hubiera pasado el tiempo, 20 años después de este episodio,  el 7 de septiembre de 2021 el ex Fiscal de la Nación del Perú, Pedro Chávarry fue condenado a cuatro años de prisión suspendida por el delito de encubrimiento real, que se vio configurado por la solicitud de información reservada del caso Odebrecht, que implicaba los aportes a la campaña de Keiko Fujimori y el cese de los fiscales del equipo especial Lava Jato en diciembre de 2018.

Más que una anécdota, o la perspicaz observación que un Fujimori está involucrado en ambos casos, es necesario reflexionar sobre por qué la historia de la corrupción de funcionarios de más alto nivel se repite en el Perú, y ambos, más que casos aislados, responden a medidas estructurales para reformar las instituciones de justicia, que no se han tomado.

Luego que la dictadura de Alberto Fujimori cayera en noviembre de 2000, el Perú entró en un período necesario de justicia transicional, pues además de salir de un régimen autoritario, salía de un conflicto armado interno que había dejado mas de 69 mil víctimas según cifras oficiales de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR). A partir de ese momento, con aciertos y desaciertos se han implementado distintas medidas para responder a este período de transición.

Ahora bien, desde el campo de la justicia transicional se han establecido cuatro pilares para reestablecer la paz y el tejido social en el periodo post-violencia. Estos pilares son: justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición. En el Perú, se ha puesto énfasis por responder a los tres primeros pilares. Se ha respondido al pilar justicia con procesos penales para juzgar las graves violaciones a los derechos humanos, algunos todavía en etapas iniciales; se ha respondido al pilar de verdad con la CVR, y se ha ido paulatinamente respondiendo al pilar de reparaciones con el plan de reparaciones implementado recientemente; sin embargo, el pilar de garantías de no repetición ha sido casi ignorado en las políticas públicas.

Las garantías de no repetición son tal vez el pilar más importante de la JT. En el informe sobre garantías de no repetición del Relator Especial de Naciones Unidas para la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, se incorpora como función de la justicia transicional la prevención de la repetición del pasado autoritario o conflictual, y se señala que todas las medidas adoptadas en relación a los otros pilares tienen como objetivo y como hilo unificador la prevención. Así mismo, se señala que estas garantías implican intervenciones institucionales (ratificación de tratados, reformas jurídicas, judiciales, constitucionales, etc.), intervenciones en la sociedad (eliminación de obstáculos a representantes de la sociedad civil, empoderamiento jurídico a quienes han sido excluidos de la protección del Estado, etc.) e intervenciones en las esferas cultural e individual (medidas de educación, arte y cultura; manejo de los archivos; asesoramiento post-traumático y apoyo psicosocial). 

En el Perú, las medidas dentro de las garantías de no repetición que son ahora más evidentes (y más atacadas), son las creaciones del Monumento El Ojo que Llora y el Lugar de la Memoria, como expresión de intervenciones culturales. Sin embargo, no ha habido una intervención institucional sistemática que revise las prácticas de las instituciones de justicia, en lo administrativo y en lo judicial.

Después de la caída del régimen de Fujimori no se reestructuró el Poder Judicial ni el Ministerio Público, ni tampoco otras entidades encargadas de la administración de justicia. No se realizaron reformas que promovieran la integridad, legitimidad, y dieran una imagen de independencia de estas instituciones. Más allá de procesar penalmente a quien fuera la Fiscal de la Nación durante el régimen de Fujimori, no hubo un proceso de depuración de funcionarios, ni de prácticas administrativas en las entidades de justicia. Esto es relevante porque en ambos casos se les acusa de encubrimiento (personal y real) a los ex Fiscales de la Nación, es decir, que aprovecharon esta falta de regulación administrativa y la jerarquía de su cargo para interferir en la labor de los fiscales de investigación. 

Que la historia se repita en Perú 20 años después de la caída del régimen de Fujimori no es coincidencia. No se han instalado mecanismos preventivos para prevenir prácticas similares. Ello trae como consecuencia que, a pesar del paso de tiempo, no se haya reestablecido la confianza cívica entre ciudadanos y hacia las instituciones del Estado, fracasando en uno de los objetivos más importantes de la justicia transicional: reestablecer el tejido social. Por lo tanto, la condena de un ex Fiscal de la Nación debe llamar la atención hacia el proceso de justicia transicional peruano, que, lejos de avanzar y menos aún de haber terminado, lamentablemente parece estar involucionado.